¿Por qué me enviarán una boleta de voto por correo para las Elecciones Generales Presidenciales de este año?
Para las Elecciones Generales Presidenciales de noviembre de 2020 hay un mayor énfasis en la opción de votar por correo como resultado de las inquietudes con respecto a las reuniones públicas por la COVID-19. El 18 de junio de 2020, el Gobernador Gavin Newsom firmó la Propuesta de la Asamblea 860, que exige que todos los votantes registrados en el Estado de California reciban una boleta de voto por correo para las elecciones del 3 de noviembre de 2020.
La votación por correo en California no es una novedad. En el pasado era conocida como “boleta de ausente”. De hecho, aproximadamente un 70 por ciento de los votantes del Condado de San Bernardino solicitaron una boleta de voto por correo para las elecciones Primarias Presidenciales de marzo de 2020.
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En las elecciones anteriores voté mediante boleta de ausente. ¿Este año podré solicitar de nuevo una boleta de ausente?
El estado nuevo exige que todos los votantes registrados activos reciban una boleta de voto por correo, que es el término nuevo para la “boleta de ausente”. Durante estas elecciones, no es necesario solicitar que se le envíe su boleta por correo mediante el “ausentismo”. Todas las personas que estén registradas para votar recibirán una boleta de voto por correo.
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¿Cuándo se enviarán las boletas de voto por correo?
Las boletas de voto por correo se entregarán al Servicio Postal de los Estados Unidos antes del 5 de octubre para que se envíen a todos los votantes registrados existentes. Los ciudadanos elegibles que se registren para votar después de esa fecha recibirán una boleta por correo en el plazo de cinco días. Puede enviar su boleta completa en el sobre con franqueo prepago que se incluye en el paquete del votante. Las boletas enviadas por correo deben estar mataselladas antes del martes 3 de noviembre de 2020 para que puedan contarse.
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¿Cómo puedo obtener una boleta por correo de reemplazo si no recibo una boleta por correo?
Si no recibe una boleta por correo, llame al Registro de Votantes al (909) 387-8300 hasta el 27 de octubre para solicitar que le envíen una boleta de reemplazo a usted y para confirmar que su dirección registrada es la correcta.
A partir del 5 de octubre también puede visitar el Registro de Votantes en 777 East Rialto Avenue, San Bernardino, para recoger una boleta de reemplazo. Hay lugares adicionales en todo el condado donde puede obtener una boleta de reemplazo que abrirán desde 6 hasta el 30 de octubre. Vea una lista de estos Sitios de Votación Temprana en www.sbcountyelections.com/Voting/Early.aspx. Nota: El Registro de Votantes suspenderá la boleta por correo que no recibió para que nadie más pueda usarla para votar.
Hay lugares adicionales en todo el condado donde puede obtener una boleta de reemplazo que abrirán desde 6 hasta el 30 de octubre. Vea una lista de estos Sitios de Votación Temprana en www.sbcountyelections.com/Voting/Early.aspx.
Nota: El Registro de Votantes suspenderá la boleta por correo que no recibió para que nadie más pueda usarla para votar.
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Me mudé desde la última vez que voté, ¿cómo me aseguro de que el Registro de Votantes tenga mi dirección actual?
Para confirmar que el Registro de Votantes tenga su dirección actual, puede usar la herramienta My Elections Gateway que está en el sitio web del Registro de Votantes en www.SBCountyElections.com. O también puede revisar su información de registro en la Secretaría del Estado en VoterStatus.sos.ca.gov.
Si necesita actualizar su dirección, puede volver a registrarse para votar en www.RegisterToVote.ca.gov. Si se mudó de una residencia a otra y permaneció dentro del Condado de San Bernardino, también puede completar simplemente un Formulario de Cambio de Dirección Dentro del Condado. El formulario puede enviarse al Registro de Votantes por correo electrónico a VoterRegistrations@SBCountyElections.com, por correo postal o presentarse en persona.
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¿Qué es un sitio de votación temprana?
Un sitio de votación temprana es un lugar donde el votante puede recoger una boleta de votación por correo o emitir su voto con ella. La oficina del Registro de Votantes funcionará como sitio de votación temprana a partir del 5 de octubre. Cinco sitios adicionales abrirán desde el 26 hasta el 30 de octubre.
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¿Votar por correo es mi única opción?
No. Votar por correo es solo una de las opciones. Además de enviar su boleta por correo, puede llevar su boleta con el voto a un lugar cercano que tenga una caja de entrega de boletas enviadas por correo o puede votar en persona en las casillas electorales.
Voto por Correo. Recibirá una boleta por correo para las elecciones del 3 de noviembre. Se comenzarán a enviar las boletas por correo el 5 de octubre de 2020. Se incluirá un sobre con franqueo prepago en el cual puede enviar su boleta. Asegúrese de completar toda la información solicitada en el sobre. Se incluirán instrucciones sobre qué color de bolígrafo debe usar (se prefiere la tinta azul o negra; los escáneres de boletas no pueden ver la tinta roja), la firma obligatoria y la colocación de la fecha en el sobre de envío. Puede realizar un seguimiento de cuándo se envía su boleta, cuándo se recibe y cuándo se cuenta a través del sistema de seguimiento Where’s My Ballot de la Secretaría de Estado. Puede registrarse para recibir notificaciones sobre el estado de su boleta por correo a través de correo electrónico, mensajes de texto o llamadas telefónicas.
Lugares con Cajas para Entrega de Boletas por Correo. Los votantes pueden comenzar a presentar las boletas completas en los lugares con cajas para entrega [disponibles próximamente] a partir del 6 de octubre. Habrá por lo menos 70 lugares con cajas para entrega de boletas en todo el condado. Se publicará un mapa con los lugares en el sitio web del Registro de Votantes. Las boletas por correo completas también se pueden entregar en la oficina del Registro de Votantes, en cualquier sitio de votación temprana o en cualquier casilla electoral.
Casillas Electorales. Para los votantes que deseen marcar y presentar su boleta en persona, el Condado tendrá más de 200 casillas electorales disponibles en estas elecciones.
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¿El Condado tendrá centros de votación?
No. El Condado cuenta con casillas electorales. A cada votante se le asignará una casilla electoral del vecindario.
Los centros de votación (donde cualquier votante del condado puede emitir su voto) están autorizados de conformidad con la Ley de Elección del Votante. Aunque el Condado no adoptó este modelo que pasó a estar disponible para todos los condados en 2020, los cambios que se realizaron para estas elecciones con el fin de abordar la COVID-19 se alinean con el modelo de la Ley de Elección del Votante. Algunos de estos cambios son:
- Se enviará por correo una boleta a cada votante registrado activo en el condado
- Cada votante podrá aún emitir su voto en persona
- Debe haber por lo menos una casilla electoral por cada 10,000 votantes durante cuatro días
- Habrá por lo menos un lugar de entrega segura de boletas por cada 15,000 votantes disponible a partir del 6 de octubre
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¿Puedo ser trabajador de las casillas?
Sí. Debe tener por lo menos 18 años, ser votante registrado en el Estado de California y leer, escribir y entender el inglés. Debe comprometerse a trabajar cuatro días (desde el 31 de octubre hasta el 3 de noviembre de 2020), asistir a una sesión de capacitación obligatoria de dos horas y tener transporte hasta la casilla electoral. Los trabajadores de las casillas del Condado de San Bernardino reciben el pago de un estipendio por cada día trabajado.
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¿Cómo se administrarán las boletas de voto por correo?
Su sobre oficial de boleta por correo tiene un código de barras que lo identifica como suyo. Cuando envía su boleta completa al Registro de Votantes, una máquina clasificadora del correo escanea su sobre con la boleta por correo y captura una imagen de su firma.
El personal del condado verificará que su firma en el sobre de envío de la boleta por correo coincida con la firma que está archivada en su registro de votante antes de retirar la boleta del sobre y contarla junto con otras boletas enviadas por correo con escáneres precisos y de alta velocidad. Cuál fue su voto es información privada ya que ninguna parte de la boleta en sí la identifica como suya.
Si no firma el sobre o el personal determina que las firmas no coinciden, se le notificará por carta al menos ocho días antes de que se certifiquen las elecciones y se le otorgará tiempo hasta dos días antes de la certificación para resolver el problema. El Registro de Votantes debe certificar los resultados de estas elecciones como máximo el 1 de diciembre.
Voto Doble. Intentar votar más de una vez es un delito punible con hasta tres años de prisión. Sección 18560(b) del Código de Elecciones. Los votantes que intenten votar más de una vez en unas elecciones serán derivados al Fiscal del Condado para que realice una investigación y una posible acusación.
Si una boleta por correo completa se envía después de que el votante ya haya votado en la oficina del Registro de Votantes, en un sitio de votación temprana o en una casilla electoral, la clasificadora del correo reconoce y rechaza la segunda boleta. Si un votante intenta votar en persona después de enviar una boleta por correo completa, los trabajadores de las elecciones registrarán al votante usando un listado electrónico (o Poll Pad) que identificará que el votante ya votó en las elecciones. Si el votante indica que no votó en estas elecciones, podrá votar con una boleta provisional que se coloca en un sobre, y el personal del Condado investigará la participación del votante en las elecciones antes de rechazar o aceptar la boleta provisional.
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¿Qué significan los siguientes términos en el Informe de los Resultados de las Elecciones: Distritos Electorales Reportados, Número de Emisiones, Votos Faltantes, Sobrevotos, Boleta por Correo Designada y Opciones por Escrito No Resueltas?
Distritos Electorales Reportados: Este es el número de distritos electorales que informan los resultados al Registro de Votantes la noche de las elecciones para cada contienda en la boleta. Cuando el 100 por ciento de los distritos electorales hayan informado, todas las boletas electorales se entregarán y contarán. Pero, esto no significa que se hayan contado todas las boletas, ya que todavía quedan muchas boletas por procesar antes de que se certifiquen los resultados de las elecciones, incluidas las boletas por correo, boletas provisionales, boletas de registro de votantes condicionales, boletas dañadas que necesitan duplicarse y otras boletas que pueden necesitar una revisión adicional.
Número de Emisiones: No todas las boletas en el condado contienen todas las contiendas en el condado. Todas las boletas contendrán propuestas Estatales y contiendas electorales generales para Presidente de los EE. UU. y cargos y medidas estatales y del condado. Sin embargo, las contiendas para concejos municipales, juntas escolares y otras contiendas locales aparecen solo en las boletas de los votantes registrados dentro de esas jurisdicciones. Para una contienda específica en la boleta, el número de emisiones es el número de boletas emitidas que contienen esa contienda. También equivale al número de votantes elegibles para votar en esa contienda que emitieron su voto.
Votos Faltantes: Un voto faltante ocurre cuando un votante elegible decide no emitir un voto o votos en una contienda específica. Por ejemplo, en algunas contiendas del concejo municipal, los votantes elegibles pueden votar por hasta tres candidatos. Si el votante solo vota por un candidato en esa contienda del concejo municipal, se registrarán un voto válido y dos votos faltantes.
Sobrevotos: Un sobrevoto ocurre cuando un votante marca demasiados votos en una contienda específica. Si en el ejemplo anterior, un voto para hasta tres candidatos en la contienda del concejo municipal, un votante vota por cuatro candidatos, habrá tres sobrevotos y no se registrarán votos válidos.
Realizar cálculos: En el ejemplo anterior de un voto para una contienda de hasta tres candidatos, la siguiente ecuación matemática es cierta:
Número de emisiones multiplicado por 3 votos = Votos Faltantes más Sobrevotos más Votos Totales.
Boleta por Correo Designada: Si 88 días antes de unas elecciones, un distrito electoral no tiene más de 250 votantes registrados, el Registro de Votantes no asigna a estos votantes a un lugar de votación y envía por correo una boleta a todos los votantes en ese distrito electoral de conformidad con el Código Electoral, sección 3005. Estos votantes aún pueden votar en persona en el Registro de Votantes, en las casillas para votos anticipados, o en cualquier lugar de votación.
Opciones por Escrito No Resueltas: Para producir de manera eficiente los resultados de la noche de las elecciones, los votos en un espacio para las opciones por escrito en las boletas no se revisarán la noche de las elecciones. Estos votos se cuentan como Opciones por Escrito No Resueltas. El recuento de las Opciones por Escrito No Resueltas puede incluir:
- Votos para candidatos calificados cuyos nombres aparecen en la boleta
- Votos para candidatos por escrito calificados
- Nombres de personas que no presentaron documentos de candidatura
- Marcas imprecisas
Las Opciones por Escrito No Resueltas se revisan durante el escrutinio. Una vez completada esta revisión, todos los votos válidos para los candidatos calificados se agregarán a los resultados de las elecciones y los votos para los candidatos no calificados se reportarán como Votos Faltantes.
- Su boleta no contiene información para identificarla como suya para garantizar que su voto se mantenga secreto.
- Ni el Registro de Votantes ni nadie más sabrá los votos que marcó en su boleta para un candidato o una medida.
- Puede rastrear cuándo se envía, recibe y cuenta su boleta a través del sistema de rastreo Dónde está mi Boleta (Where’s My Ballot) de la Secretaría de Estado.
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Si mi firma cambió desde que me registré por primera vez para votar, ¿se contará mi boleta de todas formas?
No es necesario que su firma en el sobre de envío de la boleta por correo coincida exactamente con la firma que está archivada en su registro de votante. El personal del condado que compare su firma buscará similitudes identificables. Si cree que su firma cambió significativamente desde que la registró, podría volver a registrarse o proporcionar una firma nueva.
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